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Expedientes Regulación Empleo

El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la validez y ámbito de aplicación de un Convenio Colectivo

Muchas empresas aprovecharon la reforma laboral de 2013, que dio prioridad al Convenio de empresa con respecto al sectorial, para evitar la aplicación del principio de correspondencia en Derecho laboral (que exige que un Convenio sólo se aplique en los centros de trabajo en los que los negociadores tengan representación) e imponer condiciones menos beneficiosas para los trabajadores de todos sus centros de trabajo, habiéndolas negociado tan sólo con los de la sede central, que en muchas ocasiones eran “sindicatos amarillos”.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha declarado nulo un inciso de un Convenio Colectivo que pretendía aplicar dicho Convenio a todos los centros de trabajo de una empresa, cuando sólo había sido negociado en uno de ellos. Sin embargo, en esa misma Sentencia, aclara que el Convenio Colectivo es válido dentro del ámbito de representación en que se negoció: esto es, se aplicará al centro de trabajo cuyos representantes participaron en la negociación.

Este pronunciamiento viene poco después de que el Tribunal Supremo aclarara que para denunciar un Convenio Colectivo no resulta necesario tener la legitimación necesaria para negociar uno nuevo.

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