Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reforma Urgente del Trabajo Autónomo.
La reforma pretende reducir la presión sobre los trabajadores autónomos, sujetos a una normativa que hasta ahora no tenía demasiado en cuenta las dificultades de financiación y gestión de este tipo de agentes. Cabe considerar que los autónomos conforman normalmente pequeñas empresas pero que, en su conjunto, son las que contratan a la mayor parte de la población activa española.
Como medidas a destacar, se reducen al 10% los recargos por ingresos fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social. Una gran ventaja es que esta reducción no puede quedar limitada a los autónomos y se generaliza para todas las empresas.
Para los autónomos que inicien su actividad las cotizaciones sociales se reducen a 50 euros al mes durante el primer año, cuando antes se aplicaba esta tarifa sólo los 6 primeros meses.
Se permite deducir los gastos de manutención y estancia siempre que se paguen utilizando cualquier medio electrónico de pago. El límite de deducibilidad de estos gastos se adecúan a los aplicables a los trabajadores por cuenta ajena (26,67 euros diarios si el gasto se produce en España o 48,08 euros si es en el extranjero, cantidades que, a su vez, se duplican si además se pernocta).