Logo Piero Viganego

 

Sociedades de Capital

Libros de los empresarios

A partir del ejercicio 2014, los libros de contabilidad deberán legalizarse telemáticamente en el Registro Mercantil con fecha límite el 30 de abril de cada año.

En los libros de actas, contratos con el Socio único sólo y libros de socios, que estén legalizados en blanco sólo podrán transcribirse actas y operaciones anteriores al 29 de septiembre de 2013. A partir de esa fecha todas las operaciones deberán pasarse a los libros de legalización telemática.

Con este sistema se pretende aprovechar los medios técnicos existentes para controlar de forma puntual, no sólo la contabilidad, sino la vida corporativa de las sociedades, evitando que puedan introducirse en los libros oficiales, asientos, actos o contratos antedatados.

 

Abogados y Consultores

Despacho de Abogados y consultores de empresa situados en el centro de Madrid y Barcelona (España).

¿Necesita más información?

Póngase en contacto a través del formulario

©1992-2024 Bufete Piero Viganego S.L.P.
Piero Viganego Madrid
C/ Claudio Coello 113, 1º
28006
Madrid
España
Piero Viganego Barcelona
C/ Tuset 10 1º 1ª
08006
Barcelona
Cataluña
España

 

Suscribirse a Sindicar