Modificación del Reglamento (CE) n. 1030/2002 del Consejo por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países.
El Reglamento (CE) n. 1030/2002 del Consejo, establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países.
Ante los graves problemas de falsificación y fraude registrados, se considera poco seguro el actual modelo de permiso de residencia, que se lleva utilizando desde hace veinte años. Por dicho motivo, es preciso adoptar un nuevo diseño común para los permisos de residencia de nacionales de terceros países, que disponga de características de seguridad más modernas para hacer más seguros dichos permisos e impedir las falsificaciones.
Los nacionales de terceros países titulares de un permiso de residencia válido extendido en el modelo uniforme, expedido por uno de los Estados miembros que aplican íntegramente el acervo de Schengen, pueden circular libremente durante un período máximo de 90 días dentro del espacio Schengen, siempre que cumplan las condiciones de entrada que se exigen en el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo (Código de fronteras Schengen).
La legislación de la Unión en materia de entrada y residencia de nacionales de terceros países establece regímenes para otorgar derechos de movilidad adicionales, con condiciones específicas para la entrada y la estancia en los Estados miembros vinculados por ese acervo. Los permisos de residencia expedidos de conformidad con dicha legislación utilizan el modelo uniforme establecido en el Reglamento (CE) n. 1030/2002. Por lo tanto, para que las autoridades competentes puedan identificar a los nacionales de terceros países que pueden beneficiarse de estos derechos específicos de movilidad, es importante que dichos permisos de residencia indiquen claramente la categoría correspondiente (como, por ejemplo, «investigador», «estudiante» o «trasladado por la empresa»), de conformidad con la legislación aplicable de la Unión.